Personas tomadas de la mano en circulo, con un encabezado que dice El Acceso a la Justicia es un Derecho de todas las personas

Estudio: “La persona trabajadora migrante en la Jurisprudencia Constitucional: Principio de Igualdad y Derecho al Trabajo”

 

 

La Sala Constitucional incluye en sus sentencias algunos instrumentos internacionales sobre derechos humanos que no han sido ratificados por Costa Rica. Lo ha hecho, aplicando el criterio establecido en su propia jurisprudencia, según el cual, dichos instrumentos “en la medida en que otorguen mayores derechos o garantías a las personas, priman por sobre la Constitución” (Sentencia número 1739-92).

 

Algunas de las normas internacionales utilizadas por la Sala Constitucional son:

 

  • Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares.
  • Convenios sobre los trabajadores migrantes números 97 y 143 de la OIT.
  • Declaración sobre los Derechos Humanos de los Individuos que no son Nacionales del País donde Viven

Se le invita a utilizar esta normativa, así como otros instrumentos  mencionados en el estudio indicado, para la resolución de los procesos bajo su conocimiento.

Usted puede encontrar el estudio en la siguiente dirección electrónica: www.conamaj.go.cr/images/libros/pdf/044.pdf

 

Subcomisión de Acceso a la Justicia para Población Migrante y Refugiada

Departamento de Prensa y Comunicación Organizacional, febrero 2016

Poder Judicial: fortaleza de nuestra Democracia

 

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