Estudio: “La persona trabajadora migrante en la Jurisprudencia Constitucional: Principio de Igualdad y Derecho al Trabajo”
Principio de igualdad y derecho al trabajo que tienen las personas migrantes al amparo de la Constitución Política de Costa Rica
La jurisprudencia constitucional ha establecido que el derecho al trabajo es un derecho fundamental reconocido en igualdad de condiciones para todas las personas sin importar su nacionalidad (Sentencia número 616-1999) (art. 68 de la Constitución). El contenido del derecho al trabajo se compone a la vez de otros derechos, tanto individuales como colectivos, entre los que destacan la libertad de trabajar, el derecho de acceder a un puesto de trabajo, el derecho a un salario mínimo, al descanso, a vacaciones remuneradas y a la libertad sindical con sus correlativos derechos a la huelga y a la negociación colectiva.
Usted puede encontrar el estudio en la siguiente dirección electrónica: www.conamaj.go.cr/images/libros/pdf/044.pdf
Subcomisión de Acceso a la Justicia para Población Migrante y Refugiada
Departamento de Prensa y Comunicación Organizacional, febrero 2016
Poder Judicial: fortaleza de nuestra Democracia