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Votos de la Sala Constitucional que otorgan a los instrumentos internacionales un valor equivalente a la Constitución Política

 

 

Conozca los votos de la Sala Constitucional que otorgan a los instrumentos internacionales, en materia de derechos humanos, un valor equivalente a la Constitución Política

 

1990

La Sala Constitucional estableció que “una serie de principios y normas internacionales de derechos humanos (…) tienen, no sólo el rango superior a la ley ordinaria que les confiere el artículo 7 de la Constitución, sino también un amparo constitucional directo que prácticamente los equipara a los consagrados expresamente por la propia Carta Fundamental, al tenor del artículo 48 de la misma” (Voto 1147-90 del 21/9/90).

1995

La Sala Constitucional afirmó que tratándose de Derechos Humanos, los instrumentos internacionales “tienen no solamente un valor similar a la Constitución Política, sino que en la medida en que otorguen mayores derechos o garantías a las personas, priman por sobre la Constitución” (Voto 2313-95 del 09/05/95). (Negrita corresponde al original.)

1999

 

De esta forma, los convenios internacionales relativos a materia laboral y sobre personas trabajadores migrantes son parte de las fuentes para determinar cuáles son los derechos laborales de estas personas.

La Sala ha resuelto que “el derecho al trabajo es un derecho fundamental, cuyo régimen no solo se circunscribe a lo que la Constitución dispone, sino a lo que, en sentido más general, establece el Derecho de la Constitución, incluidos los instrumentos internacionales” (Voto 616-99 del 29/01/99).

 

Subcomisión de Acceso a la Justicia para Personas Migrantes y Refugiadas

Comisión Nacional para el Mejoramiento de la Administración de Justicia (Conamaj)

Departamento de Prensa y Comunicación Organizacional 

Junio 2016